A través de la ley 3160, se dio a conocer que se modificaría la ley 29571 del código de protección y defensa del consumidor.
Con esta nueva medida, el gobierno pretende que los consumidores puedan apelar a su derecho de recibir atención personalizada, en lugar de solo contar con la opción de ofrecer asistencia de parte de un asistente virtual o chatbot.
En el presente año, la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos, aprobó por unanimidad la norma legislativa que garantiza que para aquellos que provean un servicio automatizado, están en la obligación de brindar atención personal. Así mismo, INDECOPI, se suma a esta solicitud y enfatizó lo importante que es ofrecer información pertinente, clara y fácil de acceder para los usuarios.

💡 Para José Luna Gálvez, esta iniciativa pretende solucionar problemas recurrentes en cuanto a la atención por chatbots percibidos por los usuarios, quienes se han visto vulnerados y no han recibido un servicio completamente satisfactorio.
El objetivo principal es alcanzar procesos más eficientes, al mismo tiempo que se mejora la imagen y reputación de las empresas.
Fecha de publicación
La modificación del artículo 1 de la ley 29571, se publicó el 5 de noviembre a través del boletín de normas legales del Diario El Peruano.
La norma cita lo siguiente:
“Derecho a contar con una opción o alternativa de atención personal cuando el proveedor ofrezca al público cualquier sistema de atención automatizada asistido por inteligencia artificial o asistente digital”
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